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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl66/24
Ley
Reglamento de la Participación Social en la Educación
Artículo
24

Artículo 24 del Reglamento de la Participación Social en la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los acuerdos que se tomen en una asamblea general solo los puede cambiar esa misma asamblea. Es decir, nadie más puede modificarlos, ni un grupo pequeño ni una sola persona. Si quieres cambiar algo que ya se decidió, necesitas volver a juntar a todos los que participaron en la asamblea y votar de nuevo.

Texto oficial

Artículo 24.- Los acuerdos adoptados en la asamblea general sólo podrán modificarse por la propia asamblea general.

Ver texto oficial del Reglamento de la Participación Social en la Educación (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.