Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl66/4
Ley
Reglamento de la Participación Social en la Educación
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento de la Participación Social en la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación y las escuelas públicas del gobierno de tu estado son las encargadas de asegurarse de que este reglamento se cumpla. Cada una lo aplica en lo que le corresponde: la Secretaría a nivel federal y las escuelas estatales dentro de su estado. En pocas palabras, ellas son las responsables de vigilar que se sigan las reglas.

Texto oficial

Artículo 4. Corresponde a la Secretaría de Educación y a los organismos públicos descentralizados de carácter estatal que presten servicios educativos, la aplicación y cumplimiento del presente reglamento, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Ver texto oficial del Reglamento de la Participación Social en la Educación (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.