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Artículo 40 del Reglamento de la Participación Social en la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ser miembro de la mesa directiva (el comité que organiza las votaciones) es un puesto sin paga, y todo el trabajo que hagas ahí es completamente gratis y por voluntad propia. No vas a recibir un sueldo ni ningún dinero por ello. Esto aplica tanto para el cargo en sí como para cualquier actividad que realices dentro de él. En otras palabras, es un servicio que das para ayudar.

Texto oficial

Artículo 40.- El cargo de miembro de la mesa directiva y los trabajos que con este carácter desarrollen serán honoríficos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.