Artículo 73 del Reglamento de la Participación Social en la Educación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ser miembro de la mesa directiva de una asociación estatal es un puesto sin paga, como ser voluntario. El trabajo que hagas ahí es completamente honorífico, o sea, no te van a dar un sueldo ni compensación económica por tu tiempo y esfuerzo. No esperes recibir dinero por tus labores, aunque sí puedes tener gastos que tal vez te reembolsen si la asociación lo permite. En corto, es un cargo de servicio, no un empleo.
Texto oficial
Artículo 73.- El cargo de miembro de la mesa directiva de la asociación estatal y los trabajos que con este carácter desarrollen serán honoríficos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.