Artículo 93 del Reglamento de la Participación Social en la Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El director de la escuela debe juntar a papás, maestros y alumnos en la primera semana de clases para formar el Consejo Escolar. Para avisarles, pondrá carteles en la escuela y les dará avisos a los estudiantes, y si hace falta usará otros medios. A más tardar en la segunda semana de clases, ya debe quedar formado el Consejo después de una reunión; ahí se levanta un acta (un documento oficial) y se registra. Los miembros del Consejo duran 2 años en su cargo y pueden repetir otros 2 años más. Si alguien renuncia, se elige a otra persona de la misma forma en que fue escogido al principio.
Texto oficial
Artículo 93. Para la constitución del Consejo Escolar, el director de la escuela convocará a la comunidad educativa en la primera semana del ciclo escolar. La convocatoria deberá difundirse a través de carteles colocados en la escuela y avisos a los estudiantes, así como por otros medios cuando se estime necesario. Como resultado de la asamblea de la comunidad educativa, el Consejo Escolar deberá estar constituido en la segunda semana del ciclo escolar del que se trate. El presidente o el secretario Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2003. Última reforma POGG 18 de agosto de 2014. REGLAMENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN 27 técnico levantará el acta correspondiente, misma que inscribirá en el Registro Público de los Consejos de Participación Social en la Educación. Si el Consejo Escolar maneja recursos económicos deberá proceder a abrir una cuenta bancaria específica en aquellas comunidades en que esto sea posible. Los miembros del Consejo Escolar durarán en su cargo dos años, con la posibilidad de reelegirse por un periodo adicional. En caso de que algún miembro se separe del Consejo Escolar su ausencia será cubierta mediante el procedimiento original de elección. En el caso de las escuelas de integración incompleta, unitarios o bidocentes, el Consejo Escolar se conformará por un padre de familia y el maestro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.