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Ley
Reglamento de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité tiene dos tipos de juntas: las ordinarias, que pasan una vez al año, y las extraordinarias, que se hacen cuando sea necesario. Las extraordinarias las pide el presidente del Comité si se necesita tratar algo urgente o importante. En las ordinarias se ven los asuntos de rutina del año, y en las extraordinarias solo lo que el presidente solicite.

Texto oficial

Artículo 26. Las sesiones del Comité podrán ser ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias deberán celebrarse una vez al año y las extraordinarias cuantas veces sean necesarias, a petición de la o el presidente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios (pág. 10) ↗

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