- Ley
- Reglamento de Salud del Estado de México
- Artículo
- 107
Artículo 107 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cambias al dueño de un negocio, el nombre del local, su dirección, o si dejas de trabajar aunque sea por un tiempo, tienes que avisarle a la COPRISEM a más tardar 30 días hábiles después de que ocurrió el cambio. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni días festivos. La COPRISEM es la autoridad que regula cuestiones de salud y seguridad en los establecimientos en el Estado de México.
Texto oficial
Artículo 107. Todo cambio de propietario de un establecimiento, de razón social o de denominación, de domicilio, la suspensión de actividades, trabajos o servicios, deberá ser comunicado a la “COPRISEM” en un plazo no mayor de treinta días hábiles a partir de la fecha en que se hubiese realizado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.