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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
108

Artículo 108 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autorizaciones del gobierno para que operes un negocio relacionado con la salud no tienen fecha de vencimiento, es decir, son para siempre. La única excepción son los permisos para vender comida y bebidas en la calle, como en puestos ambulantes. Esos permisos sí pueden tener un tiempo límite. En otras palabras, si tienes un restaurante fijo, tu permiso sanitario es indefinido, pero si vendes en la vía pública, el permiso te lo dan por un tiempo específico.

Texto oficial

Artículo 108.- Las autorizaciones sanitarias se otorgarán por tiempo indeterminado, a excepción de los permisos para el comercio de alimentos y bebidas en vía pública. SECCION II DE LOS PERMISOS SANITARIOS

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 20) ↗

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