- Ley
- Reglamento de Salud del Estado de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud va a decidir cómo y de qué maneras puedes acceder a los servicios de salud públicos, sociales y privados que hay en el país. En pocas palabras, ellos ponen las reglas para que tú puedas ser atendido en hospitales del gobierno, en centros de salud o en clínicas particulares. Así que, si necesitas ir al médico o recibir algún tratamiento, la Secretaría se encargará de que haya procedimientos claros para que puedas hacerlo. Esto aplica tanto para servicios públicos como para los que ofrecen asociaciones o negocios privados.
Texto oficial
Artículo 20.- La Secretaría, establecerá los procedimientos para regular las modalidades de acceso de la población a la prestación de los servicios de salud públicos, y a los servicios sociales y privados en el Estado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.