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Artículo 25 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud y otras oficinas del gobierno del estado que dan servicios de salud van a ayudar a que la gente forme grupos o asociaciones para participar en programas de salud. Estos grupos pueden enfocarse en mejorar la salud de cada persona y de la comunidad, así como en prevenir discapacidades y ayudar a rehabilitar a personas con discapacidad.

Texto oficial

Artículo 25.- La Secretaría y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo Estatal que presten servicios de salud, promoverán y apoyarán la constitución de grupos y demás organizaciones que tengan por objeto participar en los programas de promoción y mejoramiento de la salud individual y colectiva, así como en los de prevención de discapacidades y de rehabilitación de discapacitados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.