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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
256

Artículo 256 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los muebles, sillas, mesas y equipos que haya en lugares como cines, teatros, estadios o centros de baile deben cumplir con reglas de calidad y seguridad que ponga el gobierno de tu estado. Además, todo tiene que estar limpio y en buen estado, sin estar roto o descuidado. En pocas palabras, los dueños de esos lugares deben mantener todo en orden para que no te lastimes o te enfermes.

Texto oficial

Artículo 256.- El mobiliario y equipo en centros de reunión y de espectáculos, deberá cumplir con las normas técnicas estatales y las condiciones higiénicas y de mantenimiento necesario.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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