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Artículo 255 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un lugar donde se junta mucha gente, como un cine, un teatro o un salón de eventos, estás obligado a mantenerlo libre de plagas como ratas, cucarachas o mosquitos. Para eso, debes tener un documento que demuestre que contrataste a una empresa especial y autorizada por el gobierno para hacer el control de plagas. Además, cualquier veneno o producto que se use contra estas plagas solo lo puede aplicar un técnico que tenga permiso de salud.

Texto oficial

Artículo 255.- Para el control de la fauna nociva, los centros de reunión y espectáculos deberán: I. Presentar constancia de control de fauna nociva, expedido por establecimiento debidamente acreditado ante la autoridad competente. II. La aplicación de sustancias para el control de fauna nociva deberá realizarse por personal técnico que cuente con la autorización sanitaria correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.