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Artículo 62 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres doctor, enfermera o cualquier persona que trabaje en salud, tienes la obligación de darle a la autoridad de salud los reportes que te pida sobre enfermedades que se contagian o no. Por ejemplo, cuando hay un brote de algo como sarampión o hasta una enfermedad crónica, debes informarlo sin pretextos. Esto es para que el gobierno pueda vigilar y controlar los problemas de salud en la población.

Texto oficial

Artículo 62.- Los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud deberán rendir los informes que la autoridad sanitaria requiera acerca de las enfermedades transmisibles y no transmisibles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.