Artículo 63 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica qué se debe hacer para evitar accidentes o reducir sus daños. Primero, hay que conocer las causas más comunes de los accidentes para prevenirlos. También se debe investigar cómo prevenirlos y controlarlos, e incluir el tema en programas de educación para la salud, dando orientación a la gente. Además, se debe atender a las personas que se lastimen por accidentes y promover que la comunidad participe en la prevención. Para que esto funcione mejor, se va a crear el Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes, con representantes del gobierno, empresas y la sociedad, que trabajará junto con el Consejo Nacional.
Texto oficial
Artículo 63.- La prevención y control de accidentes comprende: I. El conocimiento de las causas más usuales que los generan. II. La adopción de medidas para su prevención. III. El desarrollo de investigación para su prevención y control. IV. El fomento, dentro de los programas de educación para la salud, de la orientación a la población para su prevención. V. La atención de los padecimientos que se produzcan como consecuencia de ellos. VI. La promoción de la participación de la comunidad en su prevención. Para la mayor eficacia de las acciones a las que se refiere este artículo, se creará el Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes, del que formarán parte representantes de los sectores público, social y privado. Dicho Consejo se coordinará con el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, dentro del marco de los Sistemas Nacional y Estatal de Salud. CAPITULO X DEL PROGRAMA CONTRA LAS ADICCIONES Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 13 de marzo de 2002. Última reforma POGG 14 de septiembre de 2015. REGLAMENTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 14
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