Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que un contrato público sea válido, primero se necesita el permiso de los diputados locales. Después de tener ese permiso, el área que quiere hacer el contrato le pide al gobierno que suba a internet la información del estudio de factibilidad (que dice si el proyecto es viable) y otros análisis que pide la ley en su artículo 13. Todo eso debe publicarse en la página oficial, usando los formatos especiales que el mismo gobierno ha creado para este trámite.
Texto oficial
Artículo 12. Una vez obtenida la autorización de la Legislatura, la Unidad Contratante solicitará a la Secretaría la publicación, en la Página Oficial de Internet, de la información sobre el dictamen de factibilidad y de los análisis previstos en el artículo 13 de la Ley, conforme a los formatos que para tal efecto expida la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.