Artículo 74 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cambias algún dato que diste cuando sacaste tu CUTS, tienes que pedir que lo modifiquen siguiendo las reglas que ponga la Dirección. Si pierdes tu Contraseña de la CUTS, debes pedir que te la repongan en la oficina donde te registraron, llevando una identificación oficial. También puedes hacer el trámite por internet si la Dirección habilita esa opción. No necesita abogado ni nada raro, solo cumples con lo que te pidan.
Texto oficial
Artículo 74. Para la modificación de los datos proporcionados para la obtención de la CUTS, la Persona Acreditada deberá realizar la solicitud, previo cumplimiento de los lineamientos que determine la Dirección. Para el caso de extravío de la contraseña de la CUTS, la Persona Acreditada deberá solicitar su reposición ante la unidad registradora, presentando la documentación que compruebe su identidad, o a través de los medios electrónicos que designe la Dirección para tal efecto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.