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Artículo 73 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 73 dice que puedes registrarte en el RUPAEMEX de dos maneras: por internet o yendo en persona. Para hacerlo en línea, sigue el manual que está publicado en la página oficial del SEITS. Si prefieres hacerlo presencial, tienes que ir tú mismo a la oficina de registro después de juntar todos los papeles y cumplir con lo que pida la Dirección. No te preocupes, solo son dos opciones sencillas para que elijas la que más te acomode.

Texto oficial

Artículo 73. La inscripción en el RUPAEMEX podrá realizarse por las siguientes vías: I. Electrónica: Conforme al manual publicado en la página oficial del SEITS, y II. Presencial: Asistiendo personalmente a la unidad registradora, previo cumplimiento de la documentación y de los demás requisitos que establezca la Dirección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.