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Artículo 10 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien deja un trabajo en el gobierno, en el acta de entrega debe escribir claramente si renunció o por qué se va. También tiene que aceptar por escrito que, aunque ya entregue todo y se vaya, sigue siendo responsable de las obligaciones que tenía mientras trabajó y de cualquier falta que haya cometido en ese tiempo.

Texto oficial

Artículo 10. En el contenido del Acta Administrativa, la Persona que entrega hará constar la aceptación expresa de su renuncia o la causa o motivo de su separación en la titularidad del empleo, cargo o comisión. Asimismo, deberá asentar que, con independencia de la causa o motivo que la origine, y de que realice la Entrega y Recepción, reconoce que no quedará relevada de las obligaciones previstas en este Reglamento, ni de las responsabilidades en que pudiese haber incurrido durante el desempeño del mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.