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Artículo 9 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer este trámite, el Acta Administrativa y sus papeles anexos deben hacerse en físico o por internet, usando el sistema SISER-WEB, con los formatos ya establecidos. El acta debe incluir, como mínimo, estos apartados: I. Las leyes y reglamentos que le dan facultades a la unidad que se entrega. II. Los planes y programas de trabajo del gobierno, como el Plan de Desarrollo del Estado de México. III. Los contratos, convenios o acuerdos que la unidad tenga que cumplir o exigir. IV. Los reglamentos y manuales de cómo está organizada la unidad. V. La lista de empleados, incluyendo los que están por honorarios o por tiempo determinado. VI. Los documentos del presupuesto, como lo autorizado y lo que se ha gastado. VII. Los ingresos y gastos, cuentas bancarias, deudas y pagos pendientes. VIII. Los inventarios de bienes, como muebles, inmuebles y lo que hay en almacén. IX. Los sistemas de cómputo, programas y equipos de tecnología que usa la unidad.

Texto oficial

Artículo 9. El Acta Administrativa y sus anexos deberán elaborarse de manera física o electrónica, a través del SISER-WEB, conforme a los formatos establecidos para tal efecto, vinculados al soporte documental que resguarde la Persona que entrega. El Acta Administrativa deberá considerar, como mínimo, los apartados siguientes: I. Marco jurídico de actuación: Para lo cual se deberá incluir la relación de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas vigentes que asignan las facultades o atribuciones específicas a las Unidades Administrativas que se entregan; II. Planeación: Plan de Desarrollo del Estado de México, programas sectoriales, regionales, especiales, y anual de metas por proyecto y unidad ejecutora, registro de avances programáticos e informes de evaluación programática, en el ámbito de su competencia; III. Derechos y obligaciones: Relación de instrumentos jurídicos que generen derechos u obligaciones que deba cumplir o exigir la unidad administrativa, como contratos, convenios, acuerdos y anexos, suscritos por las personas titulares del Ejecutivo Estatal, de las Dependencias, Organismos Auxiliares o de las Unidades Administrativas, con la federación, entidades federativas, municipios, sindicatos o sectores social o privado; concesiones; fideicomisos; condiciones generales de trabajo; seguros; fianzas; procesos jurisdiccionales, entre otros; IV. Organización: Reglamentos interiores, estructuras orgánicas autorizadas, manuales generales de organización, de procedimientos, y de trámites y servicios; V. Situación de Recursos humanos: Plantilla de personal autorizada y, en su caso, relación de personal contratado por honorarios asimilables al salario, por tiempo u obra determinada o por lista de raya, administrados por sí o por terceros, así como personal comisionado entre Unidades Administrativas o entre Dependencias y Organismos Auxiliares; y tabuladores de sueldos; VI. Situación presupuestaria: Documentos relativos al presupuesto autorizado, ejercido, comprometido, disponible y metas relacionadas; VII. Situación financiera: Ingresos estimados y reales, Recursos federales, estados financieros, cuenta pública, deuda pública, cartera vencida, cuentas bancarias y de inversión, fondos, valores en custodia, contenido de cajas fuertes y listado de pagos pendientes, corte de formas valoradas, conciliaciones bancarias y arqueo de cajas; VIII. Situación de los Recursos materiales: Inventarios de bienes muebles e inmuebles, semovientes, bienes incautados y existencia de almacén; resguardo de bienes bajo custodia de la persona titular de la unidad administrativa; programa anual de adquisiciones, procesos adquisitivos en trámite o pendientes de iniciar; así como estudios y proyectos contratados; IX. Situación de las tecnologías de la información y comunicación: Sistemas de información, aplicaciones, programas informáticos y equipos; contratos, convenios, adquisiciones pendientes de bienes o servicios informáticos o en proceso; licencias y patentes, disponibilidad de servicios y trámites electrónicos gubernamentales, bases de datos, entre otros; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de julio de 2020. Última reforma POGG 7 de julio de 2023. REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO 8 X. Situación de las obras públicas: Programa anual, relación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por fuente de Recursos y Documentos de adjudicación, avance físico, programático y presupuestal de la obra; XI. Auditorías y fiscalización: Relación de observaciones o solventaciones de auditorías o evaluaciones en proceso de atención, determinadas por las autoridades federales o estatales competentes, o en su caso, por las personas auditoras externas, relación de observaciones con presunta responsabilidad administrativa resarcitoria por daño patrimonial y disciplinaria, así como de procedimientos administrativos de responsabilidades por faltas administrativas graves o no graves. XII. Transparencia y Protección de Datos Personales: Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, ambas del Estado de México y Municipios; solicitudes de información, recursos de revisión en proceso de atención y bases de datos personales; XIII. Relación de archivos a cargo de la Unidad Administrativa: De trámite, de concentración o histórico; instrumentos de control archivístico; Documentos no convencionales, biblio-hemerográficos; así como el listado de información reservada y confidencial; XIV. Certificados de no adeudo: Documentos expedidos por las Unidades Administrativas facultadas en materia de administración de personal, de Documentos, así como de contabilidad gubernamental, con la finalidad de constatar que la Persona que entrega esté al corriente en sus obligaciones y libre de adeudos con el Gobierno del Estado de México; XV. Informe de Gestión: Reporte sobre el cumplimiento de obligaciones derivadas de instrumentos jurídicos, sobre el avance del presupuesto, programas y proyectos a su cargo, descripción sobre el estado en que se recibió y se entrega la Unidad Administrativa; resultados alcanzados, compromisos y actividades prioritarias dentro de los noventa días naturales siguientes al acto de Entrega y Recepción, y recomendaciones que se consideren pertinentes; XVI. Informe de Rendición de Cuentas: Aplicable a las personas titulares de las Dependencias y Organismos Auxiliares sólo por el término de la gestión constitucional de gobierno de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, sobre la situación que guardan los programas, proyectos, compromisos, acciones y asuntos institucionales a su cargo; XVII. Libros Blancos y Memorias Documentales: Aplicable a las personas titulares de las Dependencias y Organismos Auxiliares, subsecretarías y direcciones generales o equivalentes, que hayan tenido bajo su responsabilidad la ejecución de programas, proyectos o políticas públicas relevantes, y sólo por el término de la gestión constitucional de gobierno de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, y XVIII. Otros hechos: Informar de los elementos adicionales que se consideren necesarios para la gestión de la persona titular de la Unidad Administrativa que recibe, así como los que determinen las personas titulares de las Dependencias y Organismos Auxiliares. Se incluirán llaves, credenciales, gafetes, renuncia, comprobaciones de caja fuerte, cancelación de claves y contraseñas de sistemas informáticos, firmas o sellos electrónicos, tarjetas de estacionamiento, entrega física de radios y celulares con chip. La persona que entrega adjuntará, en su caso, copia del acuse de recibo de su renuncia. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de julio de 2020. Última reforma POGG 7 de julio de 2023. REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO 9 Los anexos del Acta Administrativa serán firmados, autógrafa o electrónicamente, por las o por los titulares de las unidades administrativas que dependan, estructural y orgánicamente, de la persona servidora pública que entrega, quienes, conforme al ámbito de su competencia, serán responsables de generar la información correspondiente a dichos anexos. Asimismo, prepararán la información y los Documentos necesarios para llevar a cabo el proceso de entrega y recepción de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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