Artículo 24 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las dependencias y organismos auxiliares del gobierno siempre tienen que hacer el Informe, sin importar si la persona que está al mando se va a cambiar o no al final del gobierno. No importa si ya se sabe que va a haber cambio de titular, igual deben prepararlo. El Informe no se puede evitar solo porque el jefe va a salir. Es obligatorio hacerlo en todos los casos.
Texto oficial
Artículo 24. El Informe deberá elaborarse invariablemente por las Dependencias y Organismos Auxiliares, con independencia de que al término de la gestión gubernamental de que se trate se Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de julio de 2020. Última reforma POGG 7 de julio de 2023. REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO 12 realice o no el cambio de su titular.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.