Artículo 22 del Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si necesitas ayuda para cumplir con algún requisito o trámite, puedes pedir asesoría técnica a las autoridades responsables a través de la Comisión. Puedes hacerlo antes de empezar tu solicitud o una vez que ya la hayas iniciado. La asesoría te explicará qué documentos o prevenciones (advertencias o condiciones) necesitas para que todo esté en orden según la ley. Así evitas errores y te aseguras de cumplir correctamente.
Texto oficial
Artículo 22. La persona solicitante, a través de la Comisión, podrá solicitar asesoría técnica de las Instancias Responsables sobre los Requisitos Específicos, prevenciones, o cualquier otro documento que expidan, para poder dar cumplimiento a los mismos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, antes de presentar su solicitud o ya iniciado el trámite. CAPÍTULO III DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO ESTATAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.