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Artículo 124 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 124 fue eliminado de la ley, por eso dice "Derogado". Eso significa que ya no está vigente y no se aplica. Antes, establecía multas para infracciones de tránsito relacionadas con contaminación, cargas peligrosas o restricciones de circulación. Las multas eran de 16, 18 o 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia para calcular pagos oficiales.

Texto oficial

Artículo 124. Derogado. Derogado. En el caso de las infracciones a la circulación de vehículos que violen las normas aplicables en Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 62 materia de contaminación ambiental, de cargas riesgosas o peligrosas, o que estén limitadas, se aplicará multa de dieciséis, dieciocho o veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.