Artículo 130 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un agente de tránsito viola este reglamento o manda tu coche al corralón sin una razón válida, le van a aplicar un castigo. Tú puedes ir a denunciarlo al Ministerio Público o a los órganos de disciplina de la Secretaría de Seguridad o del ayuntamiento. Este reglamento comienza a aplicarse 30 días después de que se publique en el periódico oficial del Estado, y desde ese momento reemplaza a cualquier otra regla de tránsito que esté en contra.
Texto oficial
Artículo 130. A los agentes que violen lo preceptuado en este Reglamento o que en aplicación del mismo remitan un vehículo a un depósito sin causa justificada, se les aplicarán las sanciones correspondientes. Los particulares pueden acudir ante el agente del ministerio público o ante los órganos de disciplina de la Secretaría de Seguridad o de los ayuntamientos a denunciar presuntos actos ilícitos de un agente. T R A N S I T O R I O S ARTICULO PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Se deroga las disposiciones en materia de tránsito previstas en el Reglamento General de la Ley de Tránsito y Transportes del Estado y otras de igual o menor rango que se opongan al presente. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 65 Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Méx., a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO. LIC. IGNACIO PICHARDO PAGAZA. EL SECRETARIO DE GOBIERNO LIC. HUMBERTO LIRA MORA. APROBACION: 10 de septiembre de 1992 PUBLICACION: 21 de septiembre de 1992 VIGENCIA: 21 de octubre de 1992 REFORMAS Y ADICIONES Acuerdo por el que reforma el artículo 44 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado el 1 de febrero de l996 entrando en vigor el 2 de febrero de l996. Acuerdo por el que se reforman los artículos 18 primer párrafo y fracciones II y III; 19 segundo párrafo de la fracción V; 20 segundo y tercer párrafo; 31 fracción I; 39 primer párrafo; 42 fracción III y último párrafo; 43 fracciones III, IV y V; 44; 45; 105 fracción I; 118 fracción IX, recorriéndose las actuales fracciones IX y X para ser X y XI; 122 primer párrafo; 127 y 129. Se adicionan a los artículos 18 la fracción IV; un segundo párrafo al 70; un segundo párrafo al 120. Se derogan los artículos 29, 33 la fracción XIII del 90, 121 y la referencia a la fracción XIII del artículo 90 que se contiene en el 122 en la tabla de infracciones, sanciones y medidas de seguridad. Publicado el 8 de octubre de 1998 entrando en vigor el 9 de octubre de l998. Fe de Erratas: Publicado el 9 de octubre de 1998 Acuerdo por el que se reforman las fracciones III y IV del artículo 19 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado el 28 de diciembre de 1999. Entrando en vigor el 1 de enero del 2000. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforman los artículos 41, 42, 43, 45, 46, 47, 48 fracción II, 49, fracción IV, 90, fracciones III y XVIII, 116 fracción I y 122 párrafo primero y la tabla de infracciones, sanciones y medidas de seguridad; y se adiciona la fracción VI del artículo 47 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 9 de agosto de 2004. Entrando en vigor el día de su publicación. FE DE ERRATAS: Publicada en la Gaceta del Gobierno el 10 de agosto del 2004. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se modifican las fracciones I y IV del artículo 14, la fracción XVIII del artículo 90, la fracción I del artículo 105, las fracciones V y VII del artículo 116, el artículo 117, el último párrafo del artículo 118; y la tabla de infracciones, sanciones y medidas de seguridad contenida en el artículo 122, la fracción VI del artículo 125, los artículos 126, 127 y 128; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 66 se adiciona un último párrafo al artículo 116; se deroga la fracción VI del artículo 116 y la fracción V del artículo 118 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 20 de septiembre de 2012; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se adiciona un último párrafo al artículo 43; y se deroga la fracción V del inciso B y la fracción V del inciso C del artículo 43 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 10 de octubre de 2012; entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se modifican los artículos 1; el segundo párrafo del 70; la fracción V del 116; la fracción I del 118; la fracción I del 119; el primer párrafo del 125; el 126; y la tabla de infracciones. Se adicionan los artículos 62 bis; un Capítulo VIII al Título Cuarto, denominado De la conducción de vehículos bajo los efectos del alcohol y de narcóticos; el 106 bis; el 106 ter; el 106 quater; el 118 bis; un último párrafo al 125; el 127 bis y el 130. Se derogan las fracciones IV y VIII del artículo 118; y la fracción III del artículo 119. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 29 de abril de 2013; entrando en vigor el día siguiente al de su publicación. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforma el artículo 43 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 12 de enero de 2015; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforma el primer párrafo y su sanción del artículo 86, la fracción XII del artículo 89, las fracciones I, IV, XV y XXV del artículo 90, la sanción de la fracción XV del artículo 90, se adiciona un tercer párrafo al artículo 27, los artículos 37 Bis, 38 Bis y 60 Bis, un segundo párrafo al artículo 64, las fracciones XIII, XIV y XV al artículo 89, las fracciones XXVI, XXVII, XXVIII y XXIX al artículo 90, el artículo 90 Bis, la fracción XII al artículo 118 y las sanciones del artículo 37 Bis, del artículo 38 Bis, del artículo 60 Bis, del segundo párrafo del artículo 64, las fracciones XII, XIII y XIV del artículo 89, las fracciones XXV, XXVI, XXVII y XXVIII del artículo 90, del artículo 90 Bis y de la fracción XII del artículo 118, al artículo 122, los artículos 125 Bis, 125 Ter, 125 Quáter y un segundo párrafo al artículo 127 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 24 de noviembre de 2015; entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”; Tratándose del holograma de verificación vehicular y de la obligación para contar con el seguro de responsabilidad civil su vigencia será a partir del primero de enero de 2016. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforma la fracción II, inciso C) del artículo 43 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 17 de abril de 2017; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforman las tablas octava y décimo quinta del artículo 122, los artículos 125 Ter y 125 Quater, el párrafo primero del artículo 127 y se adiciona el artículo 125 Quinquies del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en la “Gaceta del Gobierno” el 11 de septiembre de 2017; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforma la fracción VII del artículo 90, XVI del artículo 100, IV del artículo 118, las tablas segunda, quinta, décima y décima primera del artículo 122 y se deroga la fracción I del artículo 118 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de julio de 2019, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 67 Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforman el artículo 2, las fracciones V, VI, XII, XIX y XX del artículo 6, los artículos 7, 8, 9, 10 y 12, la fracción VII del artículo 14, el artículo 16, el primer párrafo y las fracciones I y II del segundo párrafo del artículo 17, los párrafos primero y tercero del artículo 18, los párrafos segundo, cuarto y quinto del artículo 19, los artículos 21, 24 y 26, el primer párrafo del artículo 30, los artículos 39, 40, 41, 42, 43 y 44, las fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII del artículo 45, las fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII del artículo 46, el primer párrafo y las fracciones I, III y V del artículo 47, el artículo 48, el primer párrafo y las fracciones II, III, IV y VI del artículo 49, los artículos 63 y 69, las fracciones I, III y XXIX del artículo 90, los párrafos primero, segundo y la fracción II del artículo 94, las fracciones XVIII y XIX del artículo 100, el segundo párrafo del artículo 106 Bis, el tercer párrafo del artículo 106 Ter, las fracciones I, II, IV, V y VI del artículo 106 Quáter, el artículo 109, la fracción I del artículo 118, el cuarto párrafo del artículo 118 Bis, los párrafos primero y segundo, las tablas quinta, sexta, décima, y décima segunda, y se sustituye la referencia al “salario mínimo” por “unidad de medida y actualización” en las tablas primera, tercera, cuarta, séptima, novena, décima tercera, décima cuarta, décima séptima, décima octava y décima novena del artículo 122, los párrafos segundo y tercero del artículo 124, el primer párrafo del artículo 125, el artículo 125 Quinquies y los artículos 128 y 130, se adicionan las fracciones XXI y XXII al artículo 6, la fracción VIII al artículo 14, un tercer párrafo al artículo 15, un cuarto párrafo al artículo 18, un segundo párrafo al artículo 30 recorriéndose el subsecuente, el artículo 40 Bis, la fracción VIII al artículo 45, la fracción VIII al artículo 46, la fracción VII del artículo 47, los párrafos tercero, cuarto y quinto al artículo 70, la fracción XXX al artículo 90, un tercer párrafo al artículo 106 Bis, un tercer párrafo al artículo 122 y un párrafo quinto al artículo 125 Quáter y se derogan los párrafos segundo y tercero del artículo 45 y los párrafos segundo y tercero del artículo 46, del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de mayo de 2022, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforman las fracciones III y IV del artículo 51, la fracción I del artículo 52, la fracción I del artículo 98 y la tabla décimo octava del artículo 122 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de febrero de 2023, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Acuerdo de la Gobernadora del Estado de México por el que se reforman los artículos 2 y 3, la denominación del Capítulo III, el primer párrafo del artículo 13, primer párrafo del artículo 14, el inciso b) de la fracción IV y el segundo párrafo del artículo 42, las fracciones VII y VIII del inciso A), , y la fracción I del inciso C) del artículo 43, las fracciones III y IV del artículo 51, el artículo 54, el primer párrafo del artículo 55, el artículo 56, el párrafo tercero del artículo 76, los párrafos primero y segundo del artículo 78, las fracciones V, VII, X y XIV del artículo 89, las fracciones I, VII, XXIII y XXV del artículo 90, la fracción X del artículo 92, la fracción I del artículo 95, las fracciones I, II y III del artículo 98, las fracciones II, III, V, VI y XVIII del artículo 100, las fracciones IV y X del artículo 118, el tercer párrafo del artículo 122 y sus respectivas tablas; el tercer párrafo del artículo 124, las fracciones III y VI del artículo 125, el primer párrafo del artículo 125 Bis, el primer párrafo y las fracciones II, III, V y VI del artículo 125 Ter y el artículo 125 Quater; se adiciona el artículo 3 Bis, un segundo párrafo al artículo 13, un tercer párrafo al artículo 42, la fracción IX al inciso A) y un segundo párrafo a la fracción I del inciso B) del artículo 43, la fracción V al artículo 51, la fracción I recorriéndose las subsecuentes al artículo 75, las fracciones V Bis, V Ter, VIII Bis y XIV Bis al artículo 89, un segundo párrafo a la fracción VII del artículo 90, la fracción III al artículo 95, la fracción IV al artículo 98, un párrafo cuarto al artículo 106 Bis, las fracciones XIII, XIV y XV al artículo 118, un cuarto párrafo al artículo 122, un segundo párrafo al artículo 125, segundo párrafo al artículo 125 Bis, y se deroga la fracción XII del artículo 89, y los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 124 del Reglamento de Tránsito del Estado de México. Publicado en el Periódico Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 68 Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de noviembre de 2025, entrando en vigor a los 10 días hábiles siguientes de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
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