Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl79/21
Ley
Reglamento de Tránsito del Estado de México
Artículo
21

Artículo 21 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para dar de baja definitiva un carro, tienes que hacer el trámite únicamente en la oficina donde sacaste las placas por primera vez. Primero debes cumplir con los documentos y requisitos que piden las leyes y reglamentos. Además, revisarán que no tengas deudas pendientes, como multas o tenencias sin pagar. Si todo está en orden, se autoriza la baja.

Texto oficial

Artículo 21. Las bajas definitivas de vehículos se tramitarán exclusivamente ante la autoridad correspondiente donde originalmente se expidieron las placas; previo cumplimiento de los requisitos respectivos en términos de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables y sujeto a la revisión en el archivo de que el solicitante no tiene adeudos pendientes.

Ver texto oficial del Reglamento de Tránsito del Estado de México (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.