Artículo 20 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te roban, pierdes o se te destruye tu tarjeta de circulación, tienes que presentar un documento legal que lo compruebe, como una denuncia o acta. Antes de darte una nueva, las autoridades revisarán que tu vehículo no tenga multas o infracciones pendientes. Después de pagar los derechos (que son las cuotas oficiales), te entregarán la tarjeta de reposición. Si tus placas, tarjeta o calcomanía se dañan, mutilan o pierden, tienes que dar de baja la matrícula actual y pedir una nueva, siguiendo las reglas del reglamento. En estos casos, las placas, tarjeta o calcomanía nuevas te las deben dar de inmediato al solicitarlas.
Texto oficial
Artículo 20.- Para el efecto de reposición de tarjeta de circulación, el interesado deberá presentar el documento jurídico, que acredite el robo, pérdida o destrucción de dicha tarjeta. Previa certificación de que el documento no se encuentre infraccionado y pago de derechos correspondientes, se le otorgará la reposición solicitada. En los casos de deterioro, mutilación o perdida de las placas de matriculación, tarjeta de circulación o calcomanía, el interesado deberá dar de baja la matricula, solicitando nueva matriculación en términos del presente reglamento. Las placas, tarjeta de circulación o calcomanía por nueva matriculación deberán ser entregadas en forma inmediata al interesado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.