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Artículo 24 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cambias la carrocería o el motor de tu carro, tienes que avisarle a la autoridad de tránsito en un plazo de 30 días hábiles contados a partir del cambio. Eso aplica para vehículos particulares, pero si tu vehículo es de transporte público como un taxi o un camión, no puedes cambiarle el motor y la carrocería solo se puede reemplazar si el vehículo sigue siendo claramente identificado como el original y no pone en riesgo a los pasajeros.

Texto oficial

Artículo 24. Cuando se cambie la carrocería o el motor de algún vehículo, el propietario del mismo está obligado a notificar a la autoridad correspondiente dicho cambio, en un plazo de 30 días hábiles. Lo anterior, con excepción de los vehículos afectos al servicio público de transporte en todas sus clases y modalidades, respecto de los cuales no está permitido el cambio de motor, asimismo, por lo Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 10 que hace a la carrocería, sólo se permitirá su cambio sí este permite la plena identificación del vehículo automotriz original y con ello no se pone en riesgo a los usuarios del servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.