Artículo 26 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando entregues tus papeles completos para registrar un coche, la autoridad te va a dar, según lo que hayas pedido, la placa, la calcomanía y la tarjeta de circulación, o un comprobante de que ya iniciaste el trámite.
Texto oficial
Artículo 26. Recibida la solicitud de matriculación de un vehículo debidamente acompañada de los documentos requeridos para cada trámite, la autoridad correspondiente proporcionará al interesado, según sea el caso, la placa de matriculación, la calcomanía y la tarjeta de circulación del vehículo, o la constancia del trámite respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.