Artículo 52 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las calles y avenidas deben tener conexión fácil con lugares donde puedes dejar el coche o la bicicleta, como estacionamientos o biciestacionamientos. También deben estar conectadas con terminales de camiones urbanos, suburbanos o de larga distancia, estaciones del metro y paradas de transporte público. Todo esto es para que puedas moverte de un transporte a otro sin problemas.
Texto oficial
Artículo 52.- Las vías públicas estarán debidamente conectadas con las estaciones de transferencia, tales como: I. Estacionamientos y Bici estacionamientos; II. Terminales urbanas, suburbanas y foráneas; III. Estaciones del metro; IV. Paraderos; y V. Otras estaciones. CAPITULO II DE LAS SEÑALES PARA EL CONTROL DEL TRANSITO.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.