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Ley
Reglamento de Tránsito del Estado de México
Artículo
58

Artículo 58 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los semáforos para peatones tienen tres señales que debes seguir. Si ves una figurita blanca y verde caminando, puedes cruzar la calle con confianza. Si aparece una figurita roja quieta, no debes cruzar, aunque no vengan carros. Cuando la figurita blanca y verde está caminando pero parpadeando, apúrate si ya empezaste a cruzar, o espérate si todavía no pisas la calle.

Texto oficial

Artículo 58.- Los semáforos para peatones deberán ser obedecidos por éstos en la forma siguiente: I. Ante una silueta humana en colores blanco y verde, y en actitud de caminar, los peatones podrán cruzar la intersección; II. Ante una silueta humana en color rojo en actitud inmóvil, los peatones deben abstenerse de cruzar la intersección, y III. Ante un silueta humana de colores blanco y verde en actitud de caminar e intermitente, los peatones deberán apresurar el cruce de intersección si ya la iniciaron o detenerse si no lo han hecho.

Ver texto oficial del Reglamento de Tránsito del Estado de México (pág. 24) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.