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Artículo 84 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras bajar la velocidad, parar el coche, dar la vuelta o cambiarte de carril, primero asegúrate de que puedes hacerlo sin peligro. Antes de empezar la maniobra, debes avisar a los que vienen detrás de ti. Para frenar o detenerte, usa las luces de freno y, si quieres, también puedes sacar el brazo izquierdo hacia afuera de forma horizontal. Si tienes luces intermitentes o de emergencia, también puedes prenderlas. Para dar vuelta, usa la luz direccional del lado correspondiente, pero si no funciona, saca el brazo izquierdo: hacia arriba si vas a dar vuelta a la derecha, y hacia abajo si es a la izquierda.

Texto oficial

Artículo 84.- El conductor que pretenda reducir la velocidad de su vehículo, detenerse, cambiar de dirección o de carril, solo podrá iniciar la maniobra después de cerciorarse de que pueda efectuarla con la precaución debida, y avisar a los vehículos que le sigan en la siguiente forma: I. Para detener la marcha o reducir la velocidad hará uso de la luz de freno y podrá, además, sacar por el lado izquierdo del vehículo el brazo extendido horizontalmente. En caso de contar con luces de destello intermitente o de emergencia podrán utilizarse; y II. Para cambiar de dirección deberá usar la luz, direccional correspondiente o en su defecto deberá sacar el brazo izquierdo extendido hacia arriba, si el cambio es a la derecha y extendiéndolo hacia abajo si éste va a ser hacia la izquierda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.