Artículo 19 del Reglamento de Conciliación Administrativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 19 dice que hay personas que no pueden ser conciliadoras (la persona que ayuda a resolver un conflicto sin llegar a juicio) en ciertos casos. No puede ser conciliador si es familiar cercano (hasta primos o tíos) de alguna de las partes, o si su cónyuge o él mismo tienen problemas legales con ellas. Tampoco si tiene interés económico o personal en el asunto, si es socio, jefe, empleado, deudor o acreedor de alguna parte, o si antes fue su tutor. En pocas palabras, el conciliador no debe tener ningún tipo de relación que le impida ser imparcial y justo.
Texto oficial
Artículo 19.- Los funcionarios conciliadores están impedidos para intervenir en el procedimiento conciliatorio, cuando: I. Tengan parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado o por afinidad de segundo grado, con cualquiera de las Partes; II. Tengan el mismo parentesco dentro del segundo grado, con el representante legal, abogado o procurador de cualquiera de las partes; III. Tenga interés personal directo o indirecto en el conflicto; IV. Alguna de las partes o sus representantes hayan sido denunciante, querellante o acusador del funcionario conciliador o de su cónyuge, o se haya constituido en parte en causa criminal, seguida contra cualquiera de ellos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 05 de enero de 1998. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE CONCILIACION ADMINISTRATIVA 7 V. Sea socio, arrendatario, trabajador, patrón o dependiente económico de alguna de las partes o de sus representantes; VI. Sea o haya sido tutor o curador o estar o haber estado bajo la tutela o curatela de las partes o de sus representantes; VII. Sea deudor, acreedor, heredero o legatario de cualquiera de las partes o de sus representantes; y VIII. Exista alguna circunstancia que afecte su imparcialidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.