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Ley
Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento es obligatorio para todos en el Estado de México, sin excepción. Su objetivo es poner reglas claras sobre cómo deben operar los agentes de bienes raíces y las empresas inmobiliarias que estén registradas en el estado. Todo esto se basa en lo que ya dice el Código Administrativo sobre certificación, registro y actividades de estos profesionales. En pocas palabras, busca que los servicios inmobiliarios se den de manera ordenada y legal.

Texto oficial

Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público y observancia general, tiene por objeto regular las disposiciones del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México, relativas a la certificación, registro y actividades de los prestadores de servicios inmobiliarios y las empresas inmobiliarias registradas en el Estado de México.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.