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Artículo 24 del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presidente o presidenta de la Comisión tiene varias tareas importantes. Primero, dirige las juntas o reuniones y decide cuándo se hacen. También prepara la lista de temas que se van a tratar, pero necesita el visto bueno de los demás. Puede invitar a expertos si el grupo lo acepta. Además, se asegura de que se cumplan los acuerdos que se toman y firma las actas (los documentos que registran lo que se habló) después de que el secretario o secretaria técnica las revise. Por último, puede convocar a juntas especiales si él mismo o los miembros del grupo lo piden.

Texto oficial

Artículo 24. La persona titular de la Presidencia de la Comisión tendrá las atribuciones siguientes: I. Presidir y conducir las sesiones de la Comisión; II. Aprobar las convocatorias a sesiones de la Comisión; III. Someter a la aprobación de la Comisión, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica, el orden del día; IV. Invitar, previa aprobación de la Comisión, a personas y especialistas cuya participación y opinión considere pertinentes sobre un tema determinado; V. Someter a la aprobación de la Comisión, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica, las actas de la sesión anterior, la que deberá ser aprobada conforme al procedimiento establecido para tal efecto; VI. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos tomados por la Comisión, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica; VII. Aprobar y firmar las actas de las sesiones, previa validación de la persona titular de la Secretaría Técnica; VIII. Convocar a sesiones extraordinarias, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica, por sí o cuando lo soliciten los integrantes de la Comisión, y IX. Las demás que le confieren otras disposiciones jurídicas aplicables y las que determine la Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.