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Ley
Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
24

Artículo 24 del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presidente o presidenta de la Comisión tiene varias tareas importantes. Primero, dirige las juntas o reuniones y decide cuándo se hacen. También prepara la lista de temas que se van a tratar, pero necesita el visto bueno de los demás. Puede invitar a expertos si el grupo lo acepta. Además, se asegura de que se cumplan los acuerdos que se toman y firma las actas (los documentos que registran lo que se habló) después de que el secretario o secretaria técnica las revise. Por último, puede convocar a juntas especiales si él mismo o los miembros del grupo lo piden.

Texto oficial

Artículo 24. La persona titular de la Presidencia de la Comisión tendrá las atribuciones siguientes: I. Presidir y conducir las sesiones de la Comisión; II. Aprobar las convocatorias a sesiones de la Comisión; III. Someter a la aprobación de la Comisión, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica, el orden del día; IV. Invitar, previa aprobación de la Comisión, a personas y especialistas cuya participación y opinión considere pertinentes sobre un tema determinado; V. Someter a la aprobación de la Comisión, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica, las actas de la sesión anterior, la que deberá ser aprobada conforme al procedimiento establecido para tal efecto; VI. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos tomados por la Comisión, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica; VII. Aprobar y firmar las actas de las sesiones, previa validación de la persona titular de la Secretaría Técnica; VIII. Convocar a sesiones extraordinarias, a través de la persona titular de la Secretaría Técnica, por sí o cuando lo soliciten los integrantes de la Comisión, y IX. Las demás que le confieren otras disposiciones jurídicas aplicables y las que determine la Comisión.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México (pág. 7) ↗

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