Artículo 34 del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los que trabajan en bienes raíces (como agentes o corredores) deben portarse derechamente, ser honestos, trabajar con eficiencia y ser transparentes en todo negocio de compra, renta o venta de propiedades. También tienen que evitar cualquier cosa que haga quedar mal al sector inmobiliario. Eso significa que no pueden hacer trampas, ocultar información o actuar de manera poco ética.
Texto oficial
Artículo 34. Los Prestadores de Servicios Inmobiliarios deberán conducirse con rectitud, ética, honestidad, eficiencia y transparencia en las Operaciones Inmobiliarias que realicen, evitando toda práctica que pudiera desacreditar el sector Inmobiliario. CAPÍTULO OCTAVO DE LAS VISITAS DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA, DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES SECCIÓN PRIMERA DE LAS VISITAS DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.