Artículo 1 del Reglamento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este reglamento aplica para todas las personas en el Estado de México y nadie puede pasarlo por alto, porque es de orden público. Su objetivo es que, en el trabajo diario del gobierno, se cumpla lo que dice la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo. En pocas palabras, sirve para que las autoridades hagan todo lo necesario para cuidar el maíz original de la región, que es parte de nuestra cultura y alimentación.
Texto oficial
Artículo 1. Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público y observancia general y tienen por objeto proveer en la esfera administrativa, la ejecución y cumplimiento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.