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Artículo 1 del Reglamento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento aplica para todas las personas en el Estado de México y nadie puede pasarlo por alto, porque es de orden público. Su objetivo es que, en el trabajo diario del gobierno, se cumpla lo que dice la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo. En pocas palabras, sirve para que las autoridades hagan todo lo necesario para cuidar el maíz original de la región, que es parte de nuestra cultura y alimentación.

Texto oficial

Artículo 1. Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público y observancia general y tienen por objeto proveer en la esfera administrativa, la ejecución y cumplimiento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.