Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl833/24
- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si hay un empate en las votaciones del Consejo, la presidenta o presidente del Consejo puede dar el voto que rompa el empate y así decidir el resultado. Ese voto extra cuenta como uno normal, pero solo se usa cuando es necesario para evitar que queden igualados.
Texto oficial
Artículo 24. En caso de empate, la persona titular de la Presidencia del Consejo tendrá voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.