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Artículo 2 del Reglamento del Artículo 7 Bis de la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo define las palabras clave que se usan en este reglamento. Por ejemplo, cuando dice "Estado", se refiere al Estado de México, no a todo el país. "Dirección" es el nombre oficial de la oficina encargada de los centros de readaptación. Cuando habla de "Sector Privado" o "Inversionistas", son personas o empresas que ponen dinero para construir o dar mantenimiento a las cárceles, y también para dar servicios y atención psicológica a los presos. "Contrato" son los acuerdos que firma el gobierno del Estado de México con esas empresas privadas. Y "Adjudicación Directa" es cuando el gobierno elige a una empresa sin hacer una licitación pública, solo en casos especiales.

Texto oficial

Artículo 2.- Para los efectos de este reglamento se entiende por: I. ESTADO.- El Estado de México. II. DIRECCIÓN.- A la Dirección General de Prevención y Readaptación Social. III. SECTOR PRIVADO.- (INVERSIONISTAS) Las personas físicas y morales, que aporten el financiamiento, para llevar a cabo la construcción, remodelación, rehabilitación, ampliación, y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 15 de agosto de 2003. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL ARTICULO 7 BIS DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE PENAS PRIVATIVAS Y RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD DEL ESTADO 4 mantenimiento de instalaciones de los centros de prevención y readaptación social, así como aquellos relacionados con la prestación de servicios de operación y en la atención psicológica de los internos en los centros de prevención y readaptación social. IV. CONTRATO.- Contratos y convenios que celebre el Estado de México con el sector privado. V. REGLAMENTO.- Este reglamento. VI. ADJUDICACIÓN DIRECTA.- Procedimiento de adjudicación de los contratos que se efectuará por excepción a la licitación por convocatoria pública. VII. CENTRO.- Centro Preventivo y de Readaptación Social CAPITULO SEGUNDO NATURALEZA, OBJETO Y RESTRICCIONES EN LOS CONTRATOS NATURALEZA DE LOS CONTRATOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.