Artículo 26 de la LEY de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando termines tus estudios en una escuela naval, sales con un rango militar, como el que marca la Ley de la Armada. Después, cuando presentes y pases tu examen profesional, como lo pide el reglamento correspondiente, te van a subir al siguiente rango que te toque.
Texto oficial
ARTICULO 26.- El personal de los establecimientos de educación naval egresará con el grado que establece la Ley Orgánica de la Armada de México. Al presentar y aprobar su examen profesional de acuerdo a los requisitos establecidos en el Reglamento respectivo para prácticas y examen profesional, ascenderá al grado que le corresponda. Artículo reformado DOF 27-08-2010
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.