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Artículo 28 de la LEY de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un Teniente de Corbeta pueda subir al grado de Teniente de Fragata, necesita tres cosas: Primero, haber trabajado como Teniente de Corbeta por lo menos tres años. Segundo, haber cumplido con sus tareas en la Armada durante al menos dos años. Y tercero, pasar un examen de selección con una calificación que alcance para cubrir los puestos disponibles. Si cumples con estos requisitos, podrías ascender de rango.

Texto oficial

ARTICULO 28.- Para ascender de Teniente de Corbeta a Teniente de Fragata, se requerirá: I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado; II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.