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Artículo 29 de la LEY de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un Teniente de Fragata pueda subir al grado de Teniente de Navío, necesita cumplir tres requisitos. Primero, debe llevar al menos tres años en su rango actual. Segundo, tiene que haber trabajado durante mínimo dos años en su puesto normal, ya sea en barcos o instalaciones de la Armada. Por último, debe aprobar un concurso de selección y sacar un promedio que lo deje entre los lugares disponibles para el ascenso.

Texto oficial

ARTICULO 29.- Para ascender de Teniente de Fragata a Teniente de Navío, se requerirá: I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado; II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.