Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAC/48
Ley
LEY de Aviación Civil
Artículo
48

Artículo 48 de la LEY de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los contratos que haces con una aerolínea pueden ser de tres tipos. Pueden ser para que te lleven a ti como pasajero, para transportar tus paquetes o mercancía, o para enviar correo. Así que, cuando compras un boleto de avión, firmas un contrato de transporte de pasajeros. Y si mandas una caja por avión, es un contrato de carga.

Texto oficial

Artículo 48. Los contratos de servicio de transporte aéreo podrán referirse a pasajeros, carga o correo.

Ver texto oficial de la LEY de Aviación Civil (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.