Artículo 85 de la LEY de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Agencia Federal de Aviación Civil (la autoridad que vigila los aviones y aeropuertos) tiene la facultad de autorizar que equipos de inspectores revisen que se cumplan las reglas de seguridad y calidad. Para que estos equipos puedan operar, deben seguir lo que dice la Ley de Infraestructura de la Calidad, los acuerdos internacionales que México haya firmado sobre aviación, y todos los reglamentos y leyes que les apliquen. En pocas palabras, si un grupo de inspección cumple con todos esos requisitos, la Agencia puede darle el permiso para trabajar.
Texto oficial
Artículo 85. La Agencia Federal de Aviación Civil aprobará la operación de unidades de inspección para las actividades de vigilancia y verificación, siempre que se cumpla con lo dispuesto en la Ley de Infraestructura de la Calidad, en los tratados en materia de aviación civil suscritos por el Estado mexicano, los reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables. Artículo reformado DOF 03-05-2023 Capítulo XIX De las sanciones
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