- Ley
- LEY de Aviación Civil
- Artículo
- 84 Ter
Artículo 84 Ter de la LEY de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Agencia Federal de Aviación Civil va a investigar y darle seguimiento a cualquier falta que descubra cuando esté revisando o vigilando que se cumplan las reglas. Si encuentra a alguien que haya infringido la ley, esa agencia iniciará, revisará y decidirá sobre los castigos correspondientes, siguiendo un proceso administrativo. Para hacerlo, usará lo que dice esta ley, sus reglamentos, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y otras reglas que apliquen. En pocas palabras, si la autoridad detecta algo mal, ella misma se encarga de todo el proceso para imponer una sanción.
Texto oficial
Artículo 84 Ter. La Agencia Federal de Aviación Civil dará seguimiento a las irregularidades detectadas durante el ejercicio de las actividades de vigilancia y verificación. La Agencia Federal de Aviación Civil, para la aplicación de sanciones a las personas infractoras, instaurará, sustanciará y resolverá los procedimientos administrativos que correspondan, en términos de lo dispuesto en esta Ley, sus reglamentos, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones aplicables. Artículo adicionado DOF 03-05-2023
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.