Artículo 119 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión puede inspeccionar y vigilar a las empresas de auditoría externa (y a sus socios o empleados que hagan las auditorías) para asegurarse de que cumplan con esta Ley y sus reglas. Para eso, la Comisión tiene el poder de pedirles toda la información y documentos relacionados con sus servicios, hacer visitas de inspección, y citar a socios, representantes o empleados para que se presenten a dar explicaciones. También puede crear o reconocer las reglas y procedimientos que estas empresas deben seguir al revisar los estados financieros de las Sociedades Financieras Populares. Eso sí, solo puede usar esos poderes para revisar los dictámenes, opiniones y prácticas de auditoría que hagan estas empresas y su personal.
Texto oficial
Artículo 119.- La Comisión contará con facultades de inspección y vigilancia, respecto de las personas morales que presten servicios de auditoría externa en términos de esta Ley, incluyendo los socios o empleados de aquéllas que formen parte del equipo de auditoría, a fin de verificar el cumplimiento de esta Ley y la observancia de las disposiciones de carácter general que de ella emanen. Para tal efecto, la citada Comisión podrá: I. Requerir toda clase de información y documentación relacionada con la prestación de este tipo de servicios; II. Practicar visitas de inspección; III. Requerir la comparecencia de socios, representantes y demás empleados de las personas morales que presten servicios de auditoría externa, y LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 75 de 150 IV. Emitir o reconocer normas y procedimientos de auditoría que deberán observar las personas morales que presten servicios de auditoría externa al dictaminar o emitir opiniones relativas a los estados financieros de las Sociedades Financieras Populares. El ejercicio de las facultades a que se refiere este Artículo estará circunscrito a los dictámenes, opiniones y prácticas de auditoría que, en términos de esta Ley, practiquen las personas morales que presten servicios de auditoría externa, así como sus socios o empleados. Artículo reformado DOF 13-08-2009
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.