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Ley
LEY de Ahorro y Crédito Popular
Artículo
95

Artículo 95 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Sociedades Financieras Populares (cajas de ahorro o cooperativas) se cierran oficialmente solo por estas razones: 1. Si los mismos socios votan para disolverla. 2. Si ya no puede cumplir su objetivo (por ejemplo, ya no puede prestar o ahorrar). 3. Si el gobierno le quita el permiso para operar. 4. Si el Comité de Protección al Ahorro (el que cuida tu dinero) lo ordena. 5. Si un juez lo decide en un juicio.

Texto oficial

Artículo 95.- Las Sociedades Financieras Populares se disolverán por las causas siguientes: I. Por el consentimiento de la asamblea de Socios; II. Por imposibilidad de seguir realizando el objeto de la Sociedad Financiera Popular; III. Porque se le revoque la autorización para operar; IV. Por resolución del Comité de Protección al Ahorro en términos de esta Sección, y V. Por resolución judicial. Artículo reformado DOF 13-08-2009

Ver texto oficial de la LEY de Ahorro y Crédito Popular (pág. 60) ↗

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