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Artículo 97 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Una vez que un juez acepte la demanda de concurso mercantil de una Sociedad Financiera Popular (una caja de ahorro o cooperativa), esa caja ya no puede hacer ningún tipo de operación, como prestar dinero o recibir ahorros. El Comité de Protección al Ahorro o la Comisión pueden pedirle al juez que tome medidas para proteger los ahorros, como congelar cuentas. También pueden proponer quién será el síndico, que es la persona encargada de administrar la quiebra. Si el síndico quiere vender bienes de la caja, necesita que el Comité lo apruebe, y la caja no puede oponerse. Por último, cuando se declara el concurso mercantil de una caja, siempre empieza en la etapa de quiebra, es decir, directamente se asume que la caja ya no puede pagar y se procede a liquidarla.

Texto oficial

Artículo 97.- A partir de la fecha en que se admita la demanda de concurso mercantil de alguna Sociedad Financiera Popular, en los términos del Artículo 96, fracción III, ésta deberá suspender la realización de cualquier tipo de operaciones. El Comité de Protección al Ahorro o la Comisión, podrá solicitar al juez la implementación de las medidas cautelares o de apremio necesarias. Corresponderá al Comité de Protección al Ahorro o a la Comisión proponer al juez la designación, remoción o sustitución, en su caso, del síndico del concurso mercantil de una Sociedad Financiera Popular. Las propuestas de enajenación que presente el síndico, con la aprobación del Comité de Protección al Ahorro, no podrán ser objetadas por la Sociedad Financiera Popular. Cuando se declare el concurso mercantil de una Sociedad Financiera Popular, el procedimiento se iniciará en todos los casos en la etapa de quiebra. Artículo reformado DOF 13-08-2009 Capítulo VI Del Fondo de Protección Capítulo adicionado DOF 13-08-2009 (queda integrado con los existentes artículos 98 a 112) Sección Primera De la constitución Sección adicionada DOF 13-08-2009 LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 62 de 150

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

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