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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAN/35
Ley
LEY de Aguas Nacionales
Artículo
35

Artículo 35 de la LEY de Aguas Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 35 ya no es válido, está completamente eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que fue borrado oficialmente, como si lo tacharan del reglamento. Esto pasó desde el 11 de diciembre de 2025, así que ya no tienes que tomarlo en cuenta para ningún trámite o derecho. En pocas palabras, ese artículo ya no existe legalmente.

Texto oficial

ARTÍCULO 35. Derogado Artículo reformado DOF 29-04-2004. Derogado DOF 11-12-2025

Ver texto oficial de la LEY de Aguas Nacionales (pág. 62) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.