Artículo 87 de la LEY de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Autoridad del Agua va a decidir qué límites de basura y sustancias dañinas pueden tirarse en ríos, lagos y demás aguas del país. También va a definir cuánta contaminación pueden aguantar esos cuerpos de agua sin dañarse, y fijará metas para mejorar su calidad con fechas límite. Todo esto lo hará público en un documento oficial llamado "Declaratoria de Clasificación", que se publica en el Diario Oficial de la Federación para que todos lo respeten. Esa declaratoria debe incluir: - Los límites exactos del agua que se está clasificando (por ejemplo, un tramo de río). - Las reglas que deben cumplir las descargas de aguas sucias según el tipo de agua y los plazos que marca el reglamento. - Qué tanta capacidad tiene ese cuerpo de agua para mezclarse con los contaminantes sin morir. - Los topes máximos de contaminantes permitidos, que servirán para poner condiciones especiales a cada quien que tire desechos.
Texto oficial
ARTÍCULO 87. "La Autoridad del Agua" determinará los parámetros que deberán cumplir las descargas, la capacidad de asimilación y dilución de los cuerpos de aguas nacionales y las cargas de contaminantes que éstos pueden recibir, así como las metas de calidad y los plazos para alcanzarlas, mediante la expedición de Declaratorias de Clasificación de los Cuerpos de Aguas Nacionales, las cuales se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, lo mismo que sus modificaciones, para su observancia. Las declaratorias contendrán: I. La delimitación del cuerpo de agua clasificado; II. Los parámetros que deberán cumplir las descargas según el cuerpo de agua clasificado conforme a los periodos previstos en el reglamento de esta Ley; III. La capacidad del cuerpo de agua clasificado para diluir y asimilar contaminantes, y IV. Los límites máximos de descarga de los contaminantes analizados, base para fijar las condiciones particulares de descarga. Artículo reformado DOF 29-04-2004
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.