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Ley
LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia va a definir las reglas generales que las empresas reguladas deben seguir para poner en marcha sistemas de administración en sus actividades. Estos sistemas deben incluir cómo se van a manejar la seguridad industrial, la seguridad operativa y el cuidado del medio ambiente, es decir, tienen que especificar los estándares, funciones, responsabilidades y quiénes serán los encargados de cada área. En otras palabras, las empresas tienen que organizarse bien para evitar accidentes, operar sin riesgos y no dañar el entorno, siguiendo lo que la Agencia les indique.

Texto oficial

Artículo 12.- La Agencia establecerá las normas de carácter general para que los Regulados implementen Sistemas de Administración en las actividades que lleven a cabo. Los Sistemas de Administración a los que alude el párrafo anterior deberán prever los estándares, funciones, responsabilidades y encargados de la Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente.

Ver texto oficial de la LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (pág. 9) ↗

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