LEY de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El artículo 1° dice que esta ley es obligatoria en todo México y en las zonas que le pertenecen al país, como el mar. Su objetivo es crear la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, que es un área especial dentro de la Secretaría de Medio Ambiente, pero con capacidad de tomar sus propias decisiones técnicas. Esta agencia se encarga de cuidar a las personas, al medio ambiente y a las instalaciones de la industria petrolera, vigilando tres cosas: la seguridad industrial y operativa (que no haya accidentes en el trabajo), el desmantelamiento de instalaciones viejas, y el control de residuos y emisiones contaminantes.
- Art. 2Este artículo dice que la Agencia debe trabajar de manera clara y honesta, cumpliendo con principios como ser eficaz (hacer bien su trabajo), eficiente (usar bien los recursos) y transparente (que todos vean lo que hace). También tiene que seguir las leyes mexicanas y los planes del gobierno federal, especialmente en temas de medio ambiente y energía. Para hacer su labor, debe pensar en cuidar el planeta y reducir la contaminación, además de respetar leyes importantes como la de protección al ambiente, la de residuos y la de vida silvestre. En pocas palabras, la Agencia tiene que actuar de forma responsable y ecológica, siempre apegada a las reglas del país.
- Art. 3El artículo 3 define palabras clave que se usan en toda esta ley, para que no haya confusiones. Por ejemplo, "Contingencia" es una situación de peligro que puede dañar a la gente, el ambiente o las instalaciones, ya sea por accidentes humanos o desastres naturales. "Consecuencia" se refiere al resultado malo o bueno de un evento no deseado, midiendo cómo afecta a las personas, equipos o el entorno. "Riesgo" es la probabilidad de que ocurra algo malo, considerando el daño que podría causar a la gente, las instalaciones o el medio ambiente. También se aclara que "Instalación" incluye cualquier estructura o equipo usado en la industria de los hidrocarburos, como pozos, refinerías, tuberías y gasolineras. Finalmente, "Regulados" son todas las empresas o personas, públicas o privadas, que hacen actividades supervisadas por esta ley.
- Art. 4Si esta ley no dice algo sobre un tema específico, se van a usar otras leyes para resolverlo. Esas leyes son las que hablan de hidrocarburos, ecología, residuos, bosques, organismos modificados y trámites del gobierno. Esto sirve para que siempre haya una regla clara, aunque esta ley no la mencione directamente. Así se evitan confusiones y se mantiene todo ordenado.
- Art. 5La Agencia tiene varias tareas importantes relacionadas con la seguridad en la industria de hidrocarburos (como el petróleo o el gas) y con el cuidado del medio ambiente. Entre sus funciones está ayudar a otros niveles de gobierno —federal, estatal o municipal— a prevenir y atender emergencias en este sector, y también crear reglas para que las empresas cumplan con medidas de seguridad y protección ambiental. Además, puede revisar que esas reglas se sigan, y si no, aplicar sanciones o multas. También tiene la facultad de establecer cómo deben manejarse los desechos, las emisiones contaminantes y hasta el desmantelamiento de instalaciones viejas, todo para reducir riesgos a las personas y al entorno.
- Art. 6La Agencia tiene que publicar sus reglas en el Diario Oficial de la Federación para que todos las conozcan. Esas reglas deben incluir, entre otras cosas, cómo prevenir y controlar derrames de petróleo o gas, y cómo limpiar los daños si ocurren. También deben pedir a las empresas del sector que tengan un respaldo financiero por si causan algún accidente. En cuanto al medio ambiente, las reglas deben definir cómo proteger el suelo, el agua y los animales durante actividades como explorar, transportar o almacenar hidrocarburos. Además, tienen que establecer cómo manejar los residuos peligrosos y evitar que se contamine el entorno.
- Art. 7Este artículo enumera los tipos de permisos y autorizaciones que debe dar la autoridad en materia de medio ambiente para ciertas actividades. Básicamente, necesitas un permiso oficial si vas a hacer cosas como: proyectos de petróleo o gas que afecten el ambiente, quemar basura peligrosa, talar árboles en selvas, construir en manglares o ríos, o contaminar el aire con gases de instalaciones petroleras. También pide permiso para manejar desechos tóxicos, limpiar terrenos contaminados, cambiar el uso de un bosque para construir otra cosa, o usar organismos modificados genéticamente (como bichos "hechos en laboratorio") para limpiar derrames de petróleo. En pocas palabras, el gobierno te exige un "sí" por escrito antes de hacer obras o actividades que puedan dañar el medio ambiente.
- Art. 8La Agencia (que cuida la seguridad y el medio ambiente en la industria de petróleo y gas) va a trabajar de la mano con otras dependencias del gobierno federal, como la Secretaría de Energía, cuando tengan que hacer labores relacionadas con este sector. Además, para que todo esté bien coordinado, la Agencia también va a asistir al Consejo de Coordinación del Sector Energético, siguiendo las reglas que tiene ese consejo. Esto significa que no va a actuar sola, sino en equipo con otras áreas del gobierno.
- Art. 9La Agencia debe trabajar bien en equipo con otras áreas de la misma Secretaría para cuidar el medio ambiente. Para lograrlo, va a crear formas de coordinarse con esas oficinas. Así, todas juntas pueden hacer mejor su trabajo de proteger el entorno natural. Esto es para que las cosas no se hagan cada quien por su lado.
- Art. 10La Agencia y la Secretaría del Trabajo van a ponerse de acuerdo para hacer su trabajo de vigilar y regular la seguridad de las personas en el sector. Van a crear formas concretas de coordinarse entre ellas. Esto quiere decir que van a trabajar juntas para que no se estorben ni se repitan al revisar que se cumplan las reglas. Así, lo que haga una complementa lo que haga la otra.
- Art. 11La Agencia tiene que avisar a varias dependencias del gobierno (como las secretarías de Energía y Hacienda, y las comisiones de hidrocarburos y energía) si toma alguna medida que afecte la producción, transporte, almacenamiento o distribución de petróleo, gas o sus derivados, según lo que marca la Ley de Hidrocarburos. También debe informar a la Secretaría de Salud si alguna actividad del sector representa un riesgo para la salud de la gente. Además, está obligada a denunciar ante la Fiscalía General de la República cualquier situación que pueda ser un delito contra el medio ambiente, como contaminar o dañar la naturaleza.
- Art. 12La Agencia va a definir las reglas generales que las empresas reguladas deben seguir para poner en marcha sistemas de administración en sus actividades. Estos sistemas deben incluir cómo se van a manejar la seguridad industrial, la seguridad operativa y el cuidado del medio ambiente, es decir, tienen que especificar los estándares, funciones, responsabilidades y quiénes serán los encargados de cada área. En otras palabras, las empresas tienen que organizarse bien para evitar accidentes, operar sin riesgos y no dañar el entorno, siguiendo lo que la Agencia les indique.
- Art. 13El artículo 13 dice que las empresas del sector de hidrocarburos deben tener un sistema para cuidar sus instalaciones desde que se construyen hasta que se dejan de usar y se desarman. Ese sistema debe incluir, como mínimo, 17 puntos, entre ellos: tener una política de seguridad y protección al medio ambiente, revisar que las instalaciones estén en buen estado, identificar riesgos y cómo evitarlos, capacitar al personal, y tener planes para emergencias. También deben asignar responsabilidades, controlar documentos, y hacer auditorías para asegurarse de que están cumpliendo.
- Art. 14Las empresas que están reguladas por la ley deben incluir en sus contratos una cláusula que obligue a quienes contratan (como proveedores o constructores) a seguir un sistema de administración aprobado por la Agencia. Ese sistema tiene que cumplir con reglas de seguridad industrial, seguridad operativa y cuidado del medio ambiente. Esto aplica solo cuando el trabajo que se va a hacer pueda poner en riesgo a la gente, al ambiente o a las instalaciones. En pocas palabras, si el trabajo es riesgoso, el contratista está obligado a seguir las medidas de seguridad que marca la ley.
- Art. 15Cada año, la Agencia debe hacer un informe que muestre cómo están funcionando los sistemas de administración del sector de hidrocarburos. Este informe sirve para revisar y mejorar las reglas actuales, tomando en cuenta lo que funciona mejor a nivel mundial. Así, se busca que las normas estén actualizadas y sean más efectivas.
- Art. 16El artículo 16 dice que las empresas o personas reguladas tienen que tener un área o equipo encargado de poner en marcha, revisar y mejorar su Sistema de Administración. En otras palabras, no basta con tener el sistema; necesitas a alguien que se asegure de que funcione bien, lo evalúe de vez en cuando y lo haga cada vez mejor. Es como tener un encargado de mantenimiento para que todo esté en orden y cumpla con lo que pide la ley.
- Art. 17El área de la empresa que se encarga de los temas de seguridad tiene varias obligaciones importantes. Estas son: 1. Ser el enlace técnico entre la empresa y la Agencia (la autoridad que regula el sector). 2. Sugerir cómo aplicar las mejores prácticas internacionales en las actividades de la empresa. 3. Avisar a la Agencia sobre cualquier riesgo o peligro grave que pueda dañar la seguridad industrial, la seguridad operativa o el medio ambiente. 4. Coordinar internamente para corregir fallas o incumplimientos de las reglas externas e internas. 5. Entregar cada año un informe a la Agencia sobre cómo cumplió con sus obligaciones, siguiendo el formato que la Agencia indique. 6. Hacer todo lo demás que la Agencia ordene en sus reglas. Estas funciones no quitan la responsabilidad de los auditores externos que la empresa contrate.
- Art. 18Si tienes una licencia, permiso o autorización de la Agencia, puedes contratar a un auditor externo (un contador o experto aprobado por ellos) para que revise y te firme un documento que demuestre que estás cumpliendo con todas tus obligaciones. Eso incluye tanto lo que te pide tu permiso como las reglas del Sistema de Administración de la ley. Pero ojo: aunque tengas ese dictamen, la Agencia aún tiene todo el derecho de ir a supervisarte o inspeccionarte directamente cuando quiera.
- Art. 19La Agencia va a publicar unas reglas para decir cómo las personas pueden obtener una certificación que las acredite como auditores externos del Sector Hidrocarburos. Estas reglas también explicarán el proceso para obtenerla, y cómo se puede cancelar, anular o revocar esa certificación. Además, los auditores, la empresa donde trabajan y su equipo no deben tener ningún conflicto de interés, como deudas o negocios con quien auditan. Por último, un auditor no puede auditar a la misma empresa por más de tres años seguidos.
- Art. 20La Agencia puede checar directamente a las empresas que regula, pero también tiene facultad para revisar el trabajo de los auditores externos (los contadores o firmas que revisan a esas empresas). Esto lo hace para asegurarse de que tanto las empresas como los auditores cumplan la ley y las reglas generales que salgan de ella. Además, la Agencia puede crear o aprobar reglas y procedimientos de auditoría que los auditores externos deben seguir cuando den su opinión sobre las actividades de las empresas reguladas.
- Art. 21El artículo 21 dice que el auditor externo —que es como un contador que revisa las cuentas de una empresa— debe guardar todos los papeles, datos y materiales que usó para hacer su reporte durante al menos diez años. Puede guardarlos en computadora o de forma digital, no necesariamente en papel. Esto asegura que la información esté disponible por si alguien la necesita después. Es como cuando tú guardas tus recibos o comprobantes por si los ocupas más adelante, pero aquí es obligatorio por ley.
- Art. 22Si una obra o instalación representa un peligro grave para la seguridad de los trabajadores, para que funcione bien o para el medio ambiente, la Agencia puede tomar medidas para proteger a las personas. Por ejemplo, puede detener la construcción, cerrar temporalmente todo o una parte, suspender el servicio o asegurar equipos y materiales peligrosos. También puede inutilizar sustancias o herramientas que sean un riesgo. Al hacer esto, la Agencia debe avisar de inmediato a la autoridad que dio los permisos para que ellos tomen las acciones necesarias.
- Art. 23Si alguien causa un accidente, daños o pérdidas mientras trabaja en actividades reguladas por esta ley, tiene que pagar por limpiar el desastre, las multas que apliquen y compensar a los afectados, todo según lo que digan las leyes. Esta obligación sigue siendo válida aunque el trabajo se haya contratado a través de un intermediario, como un subcontratista. O sea, el responsable no se libra solo porque otra persona haya hecho el trabajo por él.
- Art. 24Si la Agencia toma una decisión que no te parece, tienes dos caminos para defenderte, pero solo puedes elegir uno. El primero es pedirle a la misma Agencia que revise su decisión (esto se llama recurso de revisión). El segundo es demandar ante un tribunal especializado en estos asuntos (esto es el juicio de nulidad). Ambos trámites se hacen siguiendo las reglas de leyes federales específicas, no las inventes tú. Al final, tú decides cuál de las dos opciones usar para impugnar lo que hizo la Agencia.
- Art. 25La Agencia puede multar a quienes no dejen entrar a sus instalaciones a los inspectores encargados de revisar cosas del petróleo y gas. Las multas van desde 75 mil hasta 225 mil veces el salario mínimo diario vigente en la Ciudad de México al momento de la falta. También pueden multar a quien no avise o reporte lo que la ley exige, con montos de 7 mil 500 a 150 mil veces ese salario mínimo. Si un tercero opera por cuenta de una empresa y no reporta, también le aplica la misma multa. Dar información falsa o alterar registros se castiga con multas mucho más altas, de 3 millones 750 mil a 7 millones 500 mil veces el salario mínimo. Si se reincide en la misma falta dentro de dos años, la multa se puede duplicar y hasta cerrar las instalaciones para siempre; además, la Agencia puede quitar licencias o permisos según lo que digan esos documentos.
- Art. 26Cuando alguien comete una falta contra esta ley, la autoridad va a fijarse en varias cosas para decidir el castigo. Primero, qué tan grave fue la falta, por ejemplo si causó daños a la salud de las personas, al medio ambiente o a los recursos naturales. También van a tomar en cuenta si el infractor ya había cometido la misma falta antes, si lo hizo a propósito o por descuido, y cuánto dinero ganó gracias a esa infracción. Además, si el responsable es una persona o empresa con pocos recursos económicos, eso puede hacer que la multa sea más leve. Por último, si antes de que la Agencia aplique el castigo, el infractor ya reparó el daño o corrigió lo que estaba mal, eso puede contar como un atenuante, o sea, una razón para que la sanción sea menor.
- Art. 27La Agencia del Registro Agrario Nacional está dirigida por una persona que se llama Titular de la Dirección Ejecutiva. Esa persona es elegida y también puede ser despedida sin necesidad de dar razones por el Presidente de la República. Además, la Agencia tendrá todas las oficinas que necesite para hacer su trabajo, según lo que diga su reglamento interno.
- Art. 28Los empleados de la Agencia deben seguir un código de conducta visible para todos. Este código dice, por ejemplo, cómo deben ser las juntas con las empresas o personas que regulan, y que esas juntas se tienen que hacer del conocimiento público. También pone reglas para cuando asistan a eventos de la escuela o de divulgación. Y lo más importante: les prohíbe aceptar regalos, lana, servicios o cualquier cosa de valor de parte de los regulados.
- Art. 29Los trabajadores de la Agencia que estén señalados en el reglamento solo pueden hablar de asuntos de su trabajo con personas que representen a empresas o industrias reguladas, pero deben hacerlo en una cita formal llamada audiencia. De cada audiencia se guarda un registro con la fecha, hora de inicio y fin, lugar, nombres de los presentes y lo que se trató; esa información se publica en la página de internet de la Agencia. Además, las audiencias se graban y guardan en equipos como computadoras o discos, y esos archivos son secretos, solo pueden verlos la Secretaría, el Director Ejecutivo y los órganos que vigilan el dinero público. Esto no impide que los trabajadores asistan a foros o eventos públicos normales. El Director Ejecutivo será quien publique las reglas para organizar estas audiencias.
- Art. 30El Director Ejecutivo debe cumplir con estos requisitos: ser mexicano, tener título universitario en carreras como ingeniería, ciencias o administración relacionadas con el sector de hidrocarburos (petróleo y gas), y haber trabajado al menos cinco años en puestos de alta responsabilidad en el sector público o privado en temas de la agencia. Además, no puede haber sido secretario, subsecretario, procurador, fiscal, senador, diputado, gobernador o jefe de gobierno de la CDMX durante el año anterior a su nombramiento. Tampoco puede haber sido accionista, consejero o directivo de empresas relacionadas con hidrocarburos en el último año, ni tener familiares cercanos (padres, hijos, hermanos) en esos puestos. Por último, no debe haber sido condenado por un delito grave que haya resultado en más de un año de cárcel. Mientras sea Director, no puede tener otro trabajo, excepto dar clases o actividades sin pago.
- Art. 31El artículo 31 dice las cosas que puede hacer el jefe de la Agencia. Él puede manejar los asuntos legales y administrativos de la agencia, como firmar contratos o comprar cosas. También puede dirigir todo el trabajo de la agencia, contratar o despedir a los empleados, y crear reglas sobre seguridad industrial, operativa y protección del ambiente. Además, propone el presupuesto anual y decide cómo se gasta el dinero autorizado. Puede participar en negociaciones de tratados internacionales sobre estos temas, y puede pasarle sus funciones a otros empleados de la agencia, pero no la de crear las reglas generales (fracción IV).
- Art. 32La Agencia (seguro se refiere a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente) va a tener un grupo de trabajo llamado Consejo Técnico. Este consejo ayuda a que la Agencia funcione mejor y sirve para que todas las dependencias del gobierno federal que tienen que ver con el tema se pongan de acuerdo. El consejo está formado por los jefes de varias secretarías (como Medio Ambiente, Gobernación, Marina, Hacienda, Energía, etc.) y otros organismos como la Comisión Nacional del Agua. El que preside el consejo es el titular de la Secretaría de Medio Ambiente. Cada miembro puede mandar a un suplente cuando no pueda asistir, siempre y cuando tenga un puesto de Director General o superior. También pueden invitar a otras dependencias del gobierno a las juntas, pero esas personas invitadas solo pueden opinar, no votar en las decisiones. El Director Ejecutivo de la Agencia es el que organiza las reuniones (el Secretario Técnico) y se tienen que levantar actas de lo que se hable, las cuales deben ser aprobadas y firmadas por los que asistieron. La frecuencia de las juntas y cómo se convocan se define en el reglamento interno de la Agencia.
- Art. 33El Consejo Técnico de la Agencia es como un grupo de supervisión. Sus tareas son: revisar el plan de trabajo y el informe anual que presenta el jefe de la Agencia; tomar decisiones sobre temas de seguridad industrial, seguridad en operaciones y cuidado del medio ambiente; saber cómo se gasta el dinero de un fondo especial (fideicomiso); crear reglas de conducta para todo el personal de la Agencia; ayudar a diseñar políticas nacionales sobre estos temas; y hacer cualquier otra cosa que aparezca en el reglamento interno o que necesite para cumplir su función.
- Art. 34El jefe de la Dirección Ejecutiva va a tener un grupo de expertos, llamado Comité Científico, para que lo ayuden a tomar decisiones difíciles. Este comité solo da su opinión técnica, no decide por sí mismo. Va a estar formado por cinco personas, con la misma cantidad de hombres y mujeres, elegidas por el jefe. Esas personas van a trabajar sin recibir pago, solo por ayudar, y van a tener las facultades que les dé el reglamento interno.
- Art. 35Los empleados de la Agencia pueden tener un seguro que los proteja si cometen un error en su trabajo y tienen que pagar una compensación, además de recibir ayuda de abogados. Este seguro no cuenta como una de las prestaciones que por ley ya les tocan, como el aguinaldo o las vacaciones. Para que esto sea posible, la Agencia debe apartar dinero cada año en su presupuesto de gastos de operación. En pocas palabras, es un extra que la Agencia puede pagar, pero no es obligatorio ni sustituye lo que ya les corresponde por ley.
- Art. 36La Agencia puede usar el dinero que cobre por los derechos o servicios que preste para pagar sus propios gastos. Es decir, lo que gane con su trabajo lo puede destinar a cubrir todo su presupuesto, sin necesidad de pedir más fondos de otro lado.
- Art. 37Este artículo explica qué pasa con el dinero extra que le sobra a la Agencia al final del año. Ese dinero sobrante se debe meter a un fondo especial (fideicomiso público) que administra un banco del gobierno. Con esos ahorros, la Agencia puede pagar gastos necesarios para trabajar en años siguientes, pero solo hasta un tope: no puede acumular más de lo que vale tres veces su presupuesto anual. Si hay más dinero de ese límite, se lo tiene que devolver al gobierno federal. Además, la Agencia debe reportar cada tres meses cómo usa ese fondo y publicarlo en su página de internet para que todos lo vean.
- Art. 38La Cámara de Diputados tiene la obligación de darle dinero a la Agencia (que es una dependencia del gobierno) para que pueda hacer su trabajo. Ese dinero debe usarse para pagar sueldos, comprar materiales y pagar servicios como luz o agua. Además, la ley entró en vigor al día siguiente de publicarse en el Diario Oficial. El jefe de la Agencia debe ser nombrado por el Presidente en un plazo de 90 días naturales después de que la ley arrancó. Por única vez, se salta un requisito del artículo 30 para elegirlo más fácil. El reglamento interno de la Agencia debe publicarse en 180 días después de nombrar al jefe. Mientras tanto, otras dependencias como la Secretaría de Energía siguen atendiendo los asuntos pendientes hasta que el reglamento entre en vigor. Si hay trámites a medias, los pasan a la Agencia en 15 días hábiles, y ella debe retomarlos en 10 días hábiles. Las quejas contra actos de la Secretaría antes de la creación de la Agencia las resuelve esa misma Secretaría, no la nueva Agencia.